Buenos aires 03 -07-2016
Sr. Emilio Monzó
PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
CONGRESO DE LA NACIÓN
ARGENTINA
SEÑORES LEGISLADORES
PROYECTO DE LEY F.G.
Asunto:
Encargados de edificios y empleadas de servicios domésticos serán
monotrubutistas.
Art. 1- Las personas que
trabajen en servicio doméstico, por día, por horas o por mes, etc. deberán inscribirse al monotributo.
A- Las personas en cuestión serán
monotributistas, sean cocineras, niñera, servicios de limpiezas, etc. facturarán
por el servicio que brinden, por día por
horas o por mes, etc.
B- pagaran el monotributo e ingresos brutos,
aportes previcionales y ART como cualquier monotributista.
C- Las empleadas que vivan en casa del
empleador = cama adentro, también serán monotributistas.
D- El empleador por autonomía de la voluntad
podrá decidir si prefiere tomar una empleada en relación de dependencia y pagar
un sueldo o tomar monotributistas y
pagar honorarios.
Art. 2- Los encargados de
edificio = servicios de limpiezas, con o sin viviendas, temporarios, suplencias,
que trabajan por día por horas o por mes, etc. deben inscribirse
al monotributo.
A- Los trabajadores en cuestión con o sin
viviendas serán monotributistas,
facturaran por el servicio que brinden, por día, por horas o por mes etc.
B- Los consorcios de propietarios podrán
decidir por asamblea si prefieren tomar servicio de limpieza en relación de
dependencia y pagar un sueldo, o tomar
monotributistas y pagar honorarios.
Art. 3- El consorcio de propietario de cada
edificio tiene derecho a decidir por asamblea, si prefiere tener encargado de edifico = servicios de limpiezas,
con o sin vivienda en relación de dependencia, o monotributista, que facturará por
día por horas o por mes, o por servicio.
A- El consorcio de propietario no esta obligado a tomar ningún personal
de limpieza, en relación de dependencia, ni monotributista.
B- Los consorsistas podrán limpiar el
edificio, y no tomar servicios de limpiezas si no lo desean, dicha decisión
será aprobada por asamblea, debe quedar asentado en el libro de acta del
edificio.
C- Otra opción, juntar firma dentro del
edificio para que los habitantes del edificio decidan en conjunto la opción que
les conviene, la decisión tomada debe quedar asentado en el libro de acta, del
edificio.
D-
El locatario tendrá derecho a firmar la petición, decidirá la opción que le
conviene, en ese caso el locatario tiene el mismo derecho de decidí al igual
que el propietario.
E
- El locador tiene la obligación de asistir a la reunión de consorcio, si el locador no va a la reunión debe firmar
el poder a nombre del locatario para que el locatario vaya a la reunión, y
deberá pagar al locatario el 10% del alquiler por asistir a la mencionada
reunión, en ese caso el locatario tendrá
vos y voto.
Art.
F- El locatario no tiene obligación de ir
a la mencionada reunión, decidirá por autonomía de la voluntad si acepta ir a
la reunión o no, si fuera a la reunión recibirá como pago el equivalente al 10%
de lo que abona por el alquiler departe del locador por cada reunió que asista.
Asistir a la reunión de consorcio será un trabajo extra para el locatario, por
que el locatario no tiene porque perder el tiempo cuidando el patrimonio del
locador, conforme al Cod. Civil el locador tiene el deber de hacer, y el
locatario el deber de dar el monto pactado de alquiler.
G- Otra opción, el propietario tendrá la
opción de firmar el poder a nombre de otra persona viva o no en el edificio, en
caso que el locatario no acepte ir a la reunión.
H- Queda claro que la autoridad máxima de
cada edificio es la asamblea, no el Administrador, no el Suterh, no el
Gobierno, no el AFIP.
OBSERVACIÓN:
Referente al Art. 1- hay personas
que trabajan en 5 casas diferentes, y no puede ser blanqueada por 5
empleadores diferentes, por que tendría 5 A.R.T., 5 aportes previcionales, etc.
Dicha situación dificulta a los empleadores pagar aportes y A.R.T por
pocas hs de trabajo, razón por la cual es de vital importancia que los
trabajadores mencionados sean monotributistas, además
esto facilitaría la contratación de manos de obras del rubro mencionado.
Referente al Art. 2- la mayorías de los encargados de edificios son
monotributistas en el rubro electricista albañilerías, gasista ect., trabajan
en las horas libres como monotributista,
y trabajan en relación de dependencia como encargados de edificio, y como
monotributista facturan por el trabajo que hacen como pintor, albañil, plomero,
etc.
A muchos propietarios se les embargo
la vivienda por falta de pago de expensa, hay propietarios que no pueden pagar
expensas muy altas, razón por la cual los propietarios tienen el derecho de
elegir, y optar por un encargado monotributista, o de tener la opción de
limpiar su propio pasillo, y no pagar servicio de limpieza. EL DERECHO A ELEGIR, ES DEMOCRACIA.
Hay propietarios que no tienen posibilidad
económica para afrontar pagos de expensas ni el monto mínimo, ni el gobierno,
ni el Suterh, ni el AFIP no tienen derecho a imponer/obligar al consorsista a
tomar un servicio de limpieza que no puede pagar.
Existen muchos locatarios, a quienes se les dificulta pagar el
alquiler, mucho mas difícil si tienen que pagar expensa muy alta, por la
dificultad de afrontar los gastos mencionados se quedan sin viviendas, en
situación de calle, razón por la cual es prioridad que todas las personas que
brinden el servicio mencionado sean monotributistas.
Para que el locatario pueda decidir afrontar los gastos dentro de sus posibilidades
económicas, o de limpiar sus propios pasillos. DERECHO
A LA DEMOCRACIA, LIBERTAD DE ELEGIR.
No existe déficit de
viviendas, existe dificultad de alquilar, por distintas razones.
1-
Alquiler muy alto, montos abusivos.
2-
Expensas muy alta, dificultad de pagar.
Propietarios que temen alquilar, por temor de
no poder desalojar al locatario que no puede paga el alquiler.
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Estamos juntando firma, si te gusta el proyecto
colabora con tu firma, necesitamos el 3 % del padrón conforme al Art. 39 de la
constitución de la Nación.
Atte. los Argentinos que firmamos este
petitorio.
Para más información ver el siguiente video explicativo:
Para votar a favor de este petitorio por favor a dirigirse:
1 comentario:
buenas
recomiendo cilsa limpieza
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saludos!
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