Buenos aires 03 -07-2016
Sr. Emilio Monzó
PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
CONGRESO DE LA NACIÓN
ARGENTINA
SEÑORES LEGISLADORES
PROYECTO DE LEY F.G. EN DEFENSA DEL
COMPRADOR DE INMUEBLES
Asunto:
pesificar la cotización y ventas de propiedad horizontal caso contrario
dolarizar sueldos y honorarios, poner tope a la comisión inmobiliarias.
Art. 1- la cotización y ventas de propiedad horizontal se harán en pesos.
Art. 2- la cotización y ventas
de propiedad horizontal no se harán en dólares, ni en ningunas otras monedas
extranjeras.
Art. 3- la cotización y ventas
de propiedad horizontal no se traducirán el equivalente de ningunas
Claces de monedas extranjeras al
peso.
Art. 4- las personas que quieran
comprar inmuebles, y posean monedas extranjeras compraran pesos para dicha
operación.
De esta manera se fortalecerá nuestra moneda $, y
navegara armoniosamente a la par del dólar.
Art. 5- Para tasar la
propiedad horizontal a estrenar se tendrá en cuenta el costo, costo de
construcción y la utilidad de la empresa = precio justo valor real.
Art. 6- Para tasar propiedad
horizontal de 70 años de antigüedad en adelante se tendrá en cuenta como precio
de comparación el costo, costo y utilidad de la empresa de una vivienda a
estrenar, a ese monto se les descontara el 30 % por reciclaje el 10 % por antigüedad mas el 2 % por categoría, en
caso que tenga una categoría mas baja que el estándar.
Art. 7- Ej. Si un departamento
a estrenar de 100 m2 cuesta $1.000.000.-
Un departamento de 100 m2 de 80,
90, 100 años de antigüedad de menor categoría en la misma zona costará
$580.000.- el 30% que se descuenta en el Art. 6- es el reciclaje del edificio
que incluye cambios de cañerías eléctricas, agua, teléfono, gas, cloacas ascensor
y fachadas, de lo contrario estos 30% impactará en la expensa, si no se hiciera
el 30% de descuentos que se calcula por reciclaje de un departamento antiguo, el
comprador de dicha propiedad estaría pagando 30% mas de lo que vale el inmueble, conclusión el comprador estaría perdiendo el
30% de su capital.
Art. 8- Para aplicar aumentos
en las ventas de propiedad horizontal se tendrá en cuenta el aumento del
ladrillo por cantidad y/o materiales de construcción, Ej. Si 26.000.- ladrillos
cuesta $260.000.- y en esa cantidad hubo un aumento del 1 % ese será el aumento
que se aplicará por las ventas de inmuebles.
Art. 9- Tomamos como
referencia el Art. 8 - de este proyecto, si un departamento a estrenar cuesta
$1.000.000.- y en 6 meces o un años el
ladrillo aumento el 1% la cantidad mencionada en el Art. 8- entonces el
departamento de 100 m2 pasa a costar $1.010.000.- en este caso se aplico el 1%
de aumento = a $10.000-.
Art. 10- No se aplicará
aumentos conforme a la suba del dólar en la propiedad horizontal ni en materiales
de construcción, dado que los materiales de construcción no son importados.
pagará
comisión por la compra de una vivienda a estrenar, o sea que el techo de la
comisión seguirá siendo el 1 ½ % del
valor total de compra.
A –
Los vendedores de inmuebles respetaran el precio justo valor real.
Art. 13-
A las inmobiliarias y a los titular de dominios = vendedor que no respeten la
ley de corretaje y el valor real en compraventas de inmuebles serán pacibles de pagar el excedente
que cobró mas un monto igual al excedente como daños y perjuicios.
Ej. Si una vivienda cuesta
$1.000.000.- y el vendedor cobra $1.100.000.- el vendedor esta cobrando
$100.000.- mas de lo que vale el inmueble, en este caso devolverá los
$100.000.- al comprador más $100.000.- a favor del comprador por daños y
perjuicios, y por actuar de mala fe.
14 – El honorario del escribano
por la escritura no superara el 1 % del valor total de compra
OBSERVACIÓN
Ej. Si un maestro gana $15.000.- por mes, para poder comprar una
vivienda debería ganar 15.000.- dólares por mes,
Si un peluquero cobra $150.- por un corte de cabello, para poder
comprar una vivienda debería cobrar 150.- dólares por cada corte de cabello.
Si un medico gana $30.000.- por mes. Para poder comprar una vivienda
debería ganar 30.000.- dólares por mes.
Los argentinos que cobramos sueldos y honorarios en pesos, nunca podremos reunir suficiente dinero para
comprar una vivienda que se cotiza y se vende en dólares.
No se justifica las compraventas de propiedad horizontal en dólares, si
el costo de construcción es en pesos.
No se justifica el aumento abusivo de la propiedad horizontal que se
aplica conforme al aumento del dólar, si los materiales de construcción no son
importados.
1 - No se debe construir viviendas para pobres.
2 - Se debe brindar
la posibilidad de compra.
3 – Pesificar la
cotización y ventas de propiedad horizontal = posibilidad de compra
4 – Hacer respetar el
precio justo valor real.
5 – Valor real =
costo terreno, costo construcción, utilidad de la empresa = valor real
6 – La comisión por
la compra venta no debe superar el 1 ½ % de valor total de compra, el
techo
De la comisión inmobiliaria debe seguir siendo el 1 ½ % del valor total
de compra.
7 – Poner techo a los
aumentos abusivos de las ventas de propiedad horizontal.
8 – Aplicar multas extraordinarias a las
inmobiliarias y demás vendedores que no respetan la ley de corretaje, y
que aumentan abusivamente el precio de
venta de la propiedad horizontal.
9 – Reactivar el mercado inmobiliario no
significa convertir a los titulare de
inmobiliarias en millonarios, las inmobiliarias sobrevalúan la
cotización y ventas de propiedad horizontal, y con pocas ventas se asen
millonarios.
10 – Reactivar el mercado inmobiliario
vendiendo mucho a precios justos valor real para que todos podamos comprar una
vivienda, significa precio razonable.
11 – No permitir que las inmobiliarias
decidan el aumento de la propiedad horizontal, fijar el aumentos por ley Cod.
Civil, conforme al aumento del ladrillo, y/o materiales de construcción.
URGENTE: Los
que firmamos este petitorio, pedimos tomen carta en el asunto, y que las
compras ventas de propiedad horizontal se coticen y se venda en pesos, al igual
que los sueldos y honorarios, y al igual que el costo de construcción, si todo lo aquí mencionados es en pesos, las
cotización y ventas de propiedad horizontal debe ser en pesos, caso contrario
dolarizar los sueldos y honorarios.
Este proyecto se encuentra en google proyecto de ley f g, en youtube proyectos de ley f g, facebook Halcón fg
Para votar a favor de este petitorio por favor a dirigirse:
http://www.juntafirmas.com/index.php?seccion=individual&id=599
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